¿Quién paga la tasa de basuras, el inquilino o el propietario?
- albertobautista9
- hace 1 día
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El nuevo impuesto por la gestión de residuos ha desatado una oleada de reclamaciones en razón de su impacto económico sobre la ciudadanía y la falta de criterios objetivos que unifiquen su implementación a nivel nacional. En concreto, la alta litigiosidad del ‘basurazo’ es atribuible a las dudas existentes sobre su aplicación. Cuatro meses después de su entrada en vigor, una parte de los usuarios sigue preguntándose quién paga la tasa de basuras, el inquilino o el propietario.
La tasa de basuras en España, que cubre la recogida, el transporte y el tratamiento de los desechos urbanos, surge con la aprobación de la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Se trata de un tributo municipal aprobado en 2022 que todos los ayuntamientos españoles con más de 5.000 habitantes están obligados a cumplir.
Tasa de basuras en contratos de alquiler: ¿quién debe pagarla?
Este ‘tasazo’ a las basuras es motivo de controversia jurídica por las dudas sobre la persona que debe asumir este impuesto. Una parte de las consultas legales presuponen que esta obligación recae sobre el propietario, pero la realidad legal es más compleja.
El espíritu de la norma busca responsabilizar al generador de los residuos y no al titular del inmueble en que estos se generan. Así, el inquilino aparece como la opción más lógica, y el artículo 23 de la Ley de Haciendas Locales refuerza esta creencia al reconocerle como el sujeto pasivo de las tasas, por ser quien reside en la vivienda y se beneficia del servicio.
Sin embargo, los ayuntamientos reclaman este tributo al titular del inmueble en calidad de sustituto del contribuyente (art. 91.2 de la Ley 7/2022). A efectos fiscales, el propietario es quien figura en las facturas. Entonces, ¿quién paga la tasa de basuras en un alquiler?
Por lo común, los arrendadores repercuten esta tasa al inquilino. Es una práctica totalmente legal siempre y cuando las partes lo decidan de mutuo acuerdo y se especifique en las cláusulas del contrato de alquiler. En este documento también deben detallarse, bien la cuantía exacta del impuesto, bien una estimación aproximada de su coste.
Citando el art. 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), «las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario».
Resumiendo lo anterior, la tasa de basuras, ¿quién la paga, el inquilino o el propietario? La respuesta es el arrendatario si así figura en el contrato de alquiler, aunque su responsable legal sea el titular del inmueble en cuestión. Porque este impuesto es esencialmente otro de los gastos fijos de una casa en propiedad.
¿Cómo se calcula la nueva tasa de basuras?
El cálculo de este impuesto obligatorio se basa en criterios específicos de cada ayuntamiento, lo que explica la brecha de precios entre municipios (por ejemplo, de los 130 euros de Madrid a los 27 de Soria, aproximadamente). Cuando no se establece una tarifa fija, su importe se estima a partir del valor catastral del bien inmueble, el número de personas empadronadas o la media de residuos generados en el distrito o barrio, entre otros.
En caso de impago, el Ayuntamiento correspondiente interpondría una sanción al propietario de la vivienda, por ser este su responsable administrativo. Al pago de la deuda pendiente se sumarían recargos del 5%, 10% y 20%, así como los intereses de demora. Si el arrendador no satisface estas obligaciones, el órgano administrativo podría embargar sus cuentas bancarias.
Esta circunstancia legal es injusta para los titulares de viviendas y, para colmo de males, suele acompañarse del impago de las rentas del alquiler. Por eso, con el fin de protegerse económicamente, cada vez más caseros y propietarios optan por contratar una garantía de alquiler.
La tasa de gestión de residuos surge como respuesta a la Directiva (UE) 2018/851, que aplica el principio de ‘Quien contamina, paga’ (Pay As You Throw), introducido por la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE). Por consiguiente, esta medida se propone cumplir con los objetivos europeos relativos al reciclaje, la sostenibilidad y la economía circular.


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